Criterios específicos de valoración según campo de conocimiento 2016: 0. Transferencia del Conocimiento e Innovación

Campo 0. Transferencia del Conocimiento e Innovación

CONDICIONES

  • Haber obtenido previamente la evaluación positiva de un sexenio.

Si las aportaciones de un investigador son de transferencia de conocimiento e innovación se puede optar por dirigir la solicitud al campo 0. Se podrá indicar, además, en qué campo ordinario (1-11) queremos ser evaluados si el comité asesor del campo 0 considerara que no hay lugar a su evaluación en dicho campo.

 

CRITERIOS ESPECÍFICOS

Las aportaciones sólo serán valorables si se trata de la transferencia de los resultados de la investigación previamente desarrollados por el solicitante o de las innovaciones relevantes derivadas de su investigación, a agentes sociales y económicos.

Se valorarán preferentemente:

  • Participación directa en la creación de empresas basadas en la transferencia de conocimiento derivada de la actividad de investigación acreditada del solicitante.
  • Patentes u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia, y las patentes concedidas por la OEPM mediante el sistema de examen previo. Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente.
  • Contratos con agentes socioeconómicos, que hayan supuesto transferencia de resultados de investigación a los citados agentes y que hayan generado productos comerciales, prototipos funcionales innovadores, patentes en explotación o proyectos de extraordinaria singularidad.
  • Publicaciones derivadas de trabajos con agentes socioeconómicos donde se describan productos comerciales, prototipos o proyectos de extraordinaria singularidad.
  • Contribuciones a estándares de carácter industrial o comercial regulados por organismos públicos, asociaciones profesionales u otras entidades.
  • Contribuciones al establecimiento de protocolos de intervención en diversas aacute;reas del conocimiento como pueden ser los utilizados para las investigaciones arqueológicas, detección de nuevas enfermedades, patologías o conductas, protección del medio ambiente, etc., y regulados por entidades públicas o privadas.