Las acreditaciones comienzan al entrar en la Universidad y los sexenios seis años antes de solicitarlos.
La CNEAI establece anualmente los indicios de calidad y criterios de evaluación de las publicaciones científicas, específicos para cada campo y rama del conocimiento.
Consulta aquí los de la convocatoria 2022:
Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser o no consecutivos.
Se solicita anualmente, en diciembre, durante el periodo abierto por la CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora).
Se cumplimentará un formulario online donde se presentan cinco aportaciones elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el Sexenio.
Un tramo es un periodo investigador de seis años que pueden ser consecutivos o no. Los años han de ser naturales (comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre). Sólo las fracciones superiores a ocho meses se consideran como año natural.
No, los criterios específicos de calidad de la investigación cambian según el área de conocimiento. La CNEAI establece 11 campos temáticos, para cada uno de los cuales hay unos requisitos que marcan la calidad de la investigación. El solicitante decide bajo qué campo quiere que le evalúen.
Al margen de los criterios concretos de cada convocatoria y el área de conocimiento al que se opte, hay que tener en cuenta que sólo se valorarán publicaciones aceptadas, no se tendrán en cuenta documentos electrónicos del tipo “in press” o similar. Además, para aquellas aportaciones publicadas en formato impreso y electrónico, se tomará para su evaluación la fecha del formato impreso.
Sí. Pero debemos tener en cuenta que los años no incluidos quedan inhabilitados para construir un sexenio posterior. Ej. Sexenio 2005, 2007, 2008, 2009, 2011, 2012 es posible, pero descarta los años 2006 y 2010 para futuros sexenios. El siguiente sexenio tendrá que construirse a partir de 2013.
También es posible dejar años sin contar entre un tramo y otro. En el ejemplo anterior, nos saltamos 2013 y el siguiente sexenio comienza en 2014.
Tantos como se quiera hasta un máximo de seis.
Sí, se pueden utilizar 3 años del tramo anteriormente solicitado y denegado (2009-2014).
No, deberá esperar 3 años y solo podrá utilizar 3 años del tramo anteriormente solicitado y denegado.
No, podría solicitar sexenios en la convocatoria siguiente, pero debe recordar que tres de los años del sexenio rechazado han quedado inhabilitados para usarse en posteriores convocatorias.
No se puede volver a presentar porque la aprobación del segundo sexenio (2011-2016) invalida el tramo anterior (2005-2010).
Sólo 3 años incluidos en el último sexenio solicitado, que, como deben pedirse en orden cronológico, será el que incluya el periodo más reciente.
Excepcionalmente, podrán presentarse menos de cinco si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y se demuestra fehacientemente que han tenido un alto impacto científico o técnico.
En general, se tiene en cuenta determinados indicadores más relacionados con el medio en el que se publica (posicionamiento en índices de impacto, calidad editorial, presencia en bases de datos internacionales relevantes en ese campo, etc), aunque siempre hay que indicar la aportación real al conocimiento de cada contribución.
El año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura ya puede incluirse para construir sexenios, siempre y cuando exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación.
Esta vinculación debe ser al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.
Es criterio de la comisión CNEAI que evalúe si acepta o no la solicitud. En el caso de que no la acepten, el solicitante no pierde nada, porque se le declara “no evaluado” y por tanto no pierde convocatoria. Puede usar esos años sin restricciones para la siguiente convocatoria.
Sí, siempre que ese contrato o nombramiento especifique que el trabajo desarrollado fue de investigación y haya tenido una duración superior a ocho meses en un año.
No, los años presentados en un sexenio que está aprobado ya no podrán incluirse en otro. Por ejemplo, si se presentan artículos de 2009 a 2014, no se puede volver a presentar en la siguiente convocatoria otros artículos producidos en esos años. Debe elegir las mejores 5 publicaciones del tramo de seis años solicitados, porque después estos años ya no podrán repetirse.
La Comisión evaluadora tiene la obligación de buscar una alternativa dentro del curriculum del solicitante (de ahí la importancia de detallar el periodo que solicitamos como sexenio) en el caso de que descarte una publicación de las aportadas por el solicitante. Otra cuestión es que no haya alternativa o que ninguna alternativa cumpla con los requisitos establecidos.
Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años y un año puede contar con más de una publicación.
Se puede solicitar la evaluación única de la actividad investigadora desarrollada hasta el 31 de diciembre de 1988 como tope, y si es la primera vez que se solicita un sexenio. La Comisión Nacional evaluará conjuntamente toda la actividad investigadora presentada y asignará los tramos que procedan.
En una solicitud distinta, puede solicitar sexenios para su producción posterior al periodo incluido en esa evaluación única.
El periodo investigador sometido a evaluación única sólo podrá estar compuesto por años consecutivos y con actividad investigadora en todos ellos.
Si la evaluación es negativa, se pierden todos esos años sin que sea posible incluirlos en posteriores convocatorias.
Cada trabajo se puntúa de 0 a 10, y se obtiene el sexenio si se consigue una valoración media de 6 puntos por cada una de las aportaciones.
El informe positivo o negativo lo otorga la Universidad de Deusto, aunque las solicitudes son evaluadas por el CNEAI.